Guía de videovigilancia AEPD: todo lo que necesitas saber

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Instalar cámaras no es solo colocar un dispositivo y empezar a grabar. La Agencia Española de Protección de Datos es muy estricta con el uso de imágenes, ya que se consideran datos biométricos. Seguir la guía de videovigilancia AEPD es fundamental para cualquier negocio, comunidad de vecinos o autónomo que quiera evitar problemas legales.

¿Por qué la AEPD publica una guía de videovigilancia?

El objetivo de la guía de videovigilancia AEPD es unificar criterios. La Agencia busca que el tratamiento de imágenes respete el principio de proporcionalidad; es decir, que solo se grabe cuando sea estrictamente necesario para la seguridad y no existan medios menos invasivos para la privacidad.

Principales obligaciones según la guía de videovigilancia AEPD

Para cumplir con la normativa, toda instalación debe seguir estos puntos:
  • Inscripción en el RAT: El tratamiento de imágenes debe estar incluido en el Registro de Actividades de Tratamiento de la empresa.
  • Deber de información: Es obligatorio colocar carteles informativos en lugares visibles.
  • Plazo de conservación: Las imágenes deben borrarse en un plazo máximo de 30 días, salvo que haya un incidente legal.

Supuestos habituales de AEPD videovigilancia

La normativa varía según el escenario:
  • Empresas: Control de seguridad y, en ciertos casos, control laboral (siempre informando al trabajador).
  • Comunidades de propietarios: Vigilancia de zonas comunes sin grabar la vía pública ni el interior de viviendas.
  • Vía pública: Solo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tienen permiso general para grabar la calle.

Derechos de las personas grabadas

Cualquier ciudadano captado por las cámaras tiene derechos protegidos por el RGPD:
  1. Acceso: Solicitar ver las grabaciones donde aparece.
  2. Supresión: Pedir que se borren sus datos si no hay causa legal que lo impida.
  3. Limitación: Solicitar que se conserven las imágenes ante un posible juicio.

Carteles de videovigilancia: requisitos clave

Según la guía de videovigilancia AEPD, no sirve cualquier pegatina. El cartel debe:
  • Estar en cada acceso a la zona vigilada.
  • Indicar claramente quién es el Responsable del Tratamiento.
  • Informar sobre dónde y cómo ejercer los derechos de protección de datos.

Sanciones frecuentes de la AEPD en videovigilancia

No seguir estas pautas suele acabar en multas que oscilan entre los 1.500 € y los 20.000 € por:
  • Cámaras que graban la vía pública sin justificación.
  • No tener carteles o que estos estén desactualizados.
  • Permitir que personas no autorizadas accedan a los monitores de grabación.

Cómo cumplir sin riesgos: apoyo profesional

La gestión de videovigilancia implica documentación, contratos y procedimientos. Contar con una empresa de protección de datos evita errores y acelera la implantación. En DAPRO Cumplimiento Normativo te ayudamos a:

  • Redactar la documentación obligatoria (registro, políticas, cláusulas).
  • Diseñar los carteles
  • Revisar contratos con empresas de seguridad.
  • Ajustar plazos de conservación y protocolos de respuesta a derechos.
  • Verificar que todo cumple RGPD y LOPDGDD conforme a la Guía de la AEPD.

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